Política | 26-10-2010

La Justicia ordena a la Sigen que entregue informes a la UCR



El reclamo del senador radical Gerardo Morales para que cese la violación a la libertad de acceso a la información fue legitimado. Los datos producidos por el órgano son "materia prima necesaria para la elaboración de las políticas públicas", indicó el funcionario



La Cámara en lo Contencioso Administrativo dio la razón al senador radical Gerardo Morales en un reclamo de informes a la Sindicatura General de la Nación (Sigen), ya que reconoció la "legitimación" para acceder a
documentación sensible para tomar sus decisiones como legislador.

Morales había reclamado por vía judicial que "se ordene a la Sigen y/o en forma subsidiaria al Poder Ejecutivo Nacional que cese la violación al derecho de acceso a la información y ponga a disposición de la ciudadanía en general a través de su plataforma digital oficial todos los informes producidos y aprobados por ese organismo con anterioridad a 2010 y todos los informes aprobados y a aprobarse con posterioridad a ese año conforme lo venía haciendo hasta fines de 2009".

Además, solicitó "una medida cautelar innovativa para que la Sindicatura remita de inmediato tres informes que detalló y que se ordene que deberá ponerlos a disposición del público en general a través de su página web oficial como lo venía haciendo antes de estatuirse la política restrictiva" que cercenó el acceso a esos informes.

En primera instancia el reclamo había sido rechazado con el argumento de "no poseer el accionante la necesaria legitimación para articular la pretensión formulada". El fallo consideró que "la calidad de ciudadano no otorga legitimación suficiente para demandar con arreglo la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia (acción de clase, ndr) y tampoco la de legislador nacional, porque la persona que inviste ese cargo encuentra su quicio constitucional en el ámbito del Poder Legislativo para cuya integración en una de las cámaras fue elegido".

Pero el senador radical replicó que "la información producida por la Sigen es materia prima necesaria para la elaboración de las políticas públicas nacionales, en particular, los informes elaborados sobre la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico -Cammesa- correspondientes a noviembre 2007, julio y diciembre de 2008", que eran los informes reclamados.

"Si la información que pretende resulta de vital importancia para el ciudadano común, mucho más lo es para un legislador que, para adoptar decisiones de políticas públicas, debe tomar el debido conocimiento de la información relativa al campo de impacto, es decir, le asiste el derecho de informarse por las vías idóneas de los asuntos públicos, formar su opinión, darla a conocer y
desarrollar su función parlamentaria", añadió.

La Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con las firmas de los jueces Luis María Márquez y José Luis López Castiñeira, ratificó parcialmente las consideraciones del fallo de primera instancia, pero recordó que "mediante el decreto 1172/2003 se aprobó el Reglamento General de Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional", cuyo objetivo es "regular el mecanismo de Acceso a la Información Pública".

Ese reglamento "dispone que toda persona física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar, acceder y recibir información, no siendo necesario acreditar derecho subjetivo, interés legítimo ni contar con patrocinio letrado. Dicho marco normativo alcanza a la Sigen en la medida que se trata de un órgano de control interno del Poder Ejecutivo Nacional".

"La sola condición de persona física de Morales otorga suficiente legitimación activa para la procedencia de la vía intentada", resumieron los camaristas.




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