Economía | 12-08-2021 — 02:50:55

Monotributistas de todo el país podrán acceder a prestamos de hasta 150.000 pesos a tasa cero



El Gobierno nacional anunció la puesta en marcha de una nueva línea de créditos a tasa cero, que estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la AFIP.



El Gobierno nacional anunció la puesta en marcha de una nueva línea de créditos por hasta 150.000 pesos a tasa cero para un millón y medio de monotributistas de todo el país, tras la reunión semanal del gabinete económico que encabezó el presidente Alberto Fernández en Casa Rosada.

Los créditos serán de 90.000 pesos para los monotributistas de la categoría A, de $ 120.000 para los de la categoría B y de $ 150.000 para los de la C y el resto de las categoría, con facturación promedio al 30 de junio último, con un plazo de pago de un año y seis meses de gracia.

Los créditos estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El anuncio fue realizado por la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco, y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, en una conferencia de prensa en Casa de Gobierno.

Paso a paso cómo acceder



En la web de AFIP, a la que se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”, se visualizará si el contribuyente califica para solicitarlo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría.

Ahí deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.

Quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021, y en el caso de que el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

Requisitos



Entre los requisitos a cumplir se detalló que el solicitante deberá estar adherido al monotributo y no percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público, es decir, cuando al menos el 70 % de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.

El beneficiario no debe estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central, y no podrá acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera.

Tampoco podrá ingresar en procesos de canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.



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