Santiago del Estero | 10-10-2021 — 22:12:33

La ocupación de camas Covid UTI-UCI es del 5% y en camas leves y moderados es del 0%



A partir de la 00 hs del viernes 15/10, el horario para circular será sin restricciones y se habilitan las actividades en boliches, locales bailables y salones de fiestas con el 50 % de aforo y requiriéndose esquema completo de vacunación COVID.



El Comite de Emergencia de la Provincia, se reunió este domingo y emitió el siguiente informe semanal (desde el lunes 04/10 al Domingo 10/10 inclusive):

-El número de casos fue de 38 positivos.
-El promedio diario de contagios en estos 7 días fue de 5.
-El porcentaje de ocupación de camas Covid:
a) UTI -UCI: 5%
b) Camas Covid leves y moderados: 0%

Se encuentra vigente el DNU 678. Al cual la provincia adhirió mediante el decreto provincial correspondiente.
En ese sentido se mantienen vigentes las siguientes medidas:

1) la presencialidad escolar plena en todos los establecimientos y en todos los niveles y modalidades de la provincia, bajo el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia, con uso permanente del barbijo, lavado de manos, ventilación adecuada y utilización de todos los espacios escolares abiertos.

2)Los bares y restaurantes, se encuentran autorizados hasta un maximo de 8 personas por mesa, manteniendo el distanciamiento y cumplimiento del protocolo vigente hasta un 50% de aforo.
Food Trucks, y espectáculos al aire libre con el 50% del aforo.

3) A partir de la 00 hs del viernes 15/10, el horario para circular será sin restricciones.

4)A partir de las 00 hs. del viernes 15/10 se habilitan las actividades en boliches, locales bailables y salónes de fiestas con el 50 % de aforo y requiérendose esquema completo de vacunación COVID.

# Se recuerda que:

a) En estadios de fútbol y demás espectáculos deportivos autorizados, los eventos tienen autorizado el ingreso de público hasta un 50 % del aforo, con esquema completo de vacunación COVID y uso obligatorio de barbijo.

b) Que desde el 01/10 según el DNU vigente, es obligatorio el uso del barbijo en espacios cerrados, en el transporte de colectivos y radio taxis, como en cualquier lugar público abierto donde exista aglomeración de personas, tales cómo paradas de colectivos, colas en cajeros, etc .
Y que no es obligatorio el uso del barbijo en la vía pública cuando alguien circule solo, o junto a personas de su grupo conviviente.

# Asimismo, permanecen vigentes todas las demás medidas dispuestas por el COE:

a) en cuanto a actividades permitidas y cumplimiento estricto de los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud.

b) en cuanto a las personas notificadas como positivas de Covid y sus contactos estrechos, las que deben mantener estricto aislamiento domiciliario por 10 días, teniendo en cuenta que la violacion de esa disposición significa un grave delito, previsto en el Código Penal (art 202).

Firman: Elias Suarez, Jefe de Gabinete de Ministros - Natividad Nassif, Ministra de Salud.



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