Política | 20-05-2010

La Corte consideró que el uso de los DNU debe ser excepcional



En una causa iniciada por Consumidores Argentinos, el máximo Tribunal indicó que la Constitución no habilita el uso discrecional de decretos.





Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y, que por lo tanto, su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado.



“El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto ”, dijeron los jueces.



Así lo decidieron los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt, Maqueda, Zaffaroni, Argibay y Petracchi. La sentencia fue dictada en la causa “Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”, ydeclaró la inconstitucionalidad del decreto 558/02 del 27 de marzo de 2002 que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros .



La sentencia tiene considerandos que si bien se aplican a este caso concreto, fijan jurisprudencia con respecto al dictados de DNU por la Presidencia, tema que fue punto de discusión en los últimos meses, sobre todo en el conflicto por las reservas del Banco Central. Entre ellos, se destacan:


1) La facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista.



2) Los jueces pueden controlar la existencia del estado de necesidad y urgencia, la que no es igual a la mera conveniencia política.







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